Te llaman sin el prefijo 400: cómo denunciarlo
Desde el 17 de octubre de 2026, las grandes empresas y las que prestan servicios básicos deben hacer sus llamadas comerciales desde números que empiezan por 400. Si una de ellas te llama para venderte algo desde un móvil o un fijo normal, puede estar incumpliendo la ley.
¿Cuándo puede ser una infracción?
- La llamada tenía una finalidad comercial: te ofrecían un producto, un cambio de tarifa, una oferta…
- La hacía una empresa de servicios básicos (agua, luz, gas, transporte, servicios postales, telecomunicaciones o servicios financieros) o una gran empresa que vende a consumidores, directamente o a través de alguien que llama en su nombre.
- El número no empezaba por 400.
Las empresas pequeñas no están obligadas a usar el 400, y las comercializadoras de luz, gas y telefonía con menos del 5 % del mercado tampoco, por ahora. Aun así, todas deben respetar tu derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas.
Además, la Ley 10/2025 (artículo 16.4) obliga a los operadores de telefonía a bloquear las llamadas sospechosas de ser comerciales que no usen la numeración 400.
Reúne pruebas
- Captura de pantalla del registro de llamadas (número, fecha y hora).
- Nombre de la empresa y, si lo dijeron, del producto u oferta.
- Un breve resumen de la conversación escrito justo después de colgar.
Dónde reclamar
- Reporta el número aquí. Busca el número y publica tu reporte. Avisarás a otros usuarios y nos ayudarás a detectar qué empresas incumplen.
- Autoridades de consumo. Los incumplimientos de la Ley 10/2025 se sancionan como infracciones en materia de consumo. Puedes presentar una reclamación ante la oficina de consumo de tu ayuntamiento (OMIC) o la dirección general de consumo de tu comunidad autónoma.
- Tu operador de telefonía. Está obligado a bloquear las llamadas comerciales que no usan el 400: comunícale el número que te ha llamado.
- Agencia Española de Protección de Datos. Si no diste tu consentimiento o ya te habías opuesto, puedes reclamar en sede.aepd.gob.es. Te lo explicamos en tus derechos.
Información orientativa basada en la Ley 10/2025 y la Resolución de 14 de abril de 2026. No constituye asesoramiento jurídico. Para un caso concreto, consulta con una asociación de consumidores o un profesional.